15 abr 2013

QUEMO UN AUTOBUS, LUEGO ME CONDENAN, LUEGO ME DETIENEN

El miércoles a la mañana la Ertzaintza detenía en el Boulevard donostiarra a Ekaitz Ibero, miembro de Segi.

A partir de ahí, el resto de semana hemos aguantado el victimismo Sortzaile ante las continuas injusticias que reciben escenificado con: Pintadas en Batzokis e increpancias a cargos publicos de EAJ-PNV. Hasta, creo, han habido quema de contenedores en Basauri y Getxo. Menos mal que el mismo martes, tras una manifestación en contra de la intervención de la Ertzaintza un portavoz de los manifestantes hacía un llamamiento a la "desobediencia civil y la resistencia pasiva".

Las redes sociales también han hecho de muro protesta contra esta detención. Muchos gudaris de pueblo han despotricado contra la Ertzaintza, contra EAJ-PNV. (Ayer ya estaban más calmados y a otras cosas, la conmemoración de la II República Española ocupaba sus muros.)


Pero hagamos un ejercicio de racionalismo, utilicemos la razón, como Descartes, quien tras hacer un ejercicio de duda absoluta, duda hasta de su propia existencia, reconoce que al dudar de todo, hay algo de lo que no puede dudar: No puedo dudar de que dudo. Si dudo no puedo evitar como cierto que estoy dudando. Si dudo entonces estoy pensando. Si pienso debo existir. (Cogito, ergo sum. Pienso, luego existo.)

¿Por qué me han detenido? Porque me condenaron.

Los motivos que pueden dar lugar a la detención así como las personas que pueden llevarla a cabo son diversos y se detallan a continuación.

La detención puede producirse antes de la existencia de un proceso penal, durante el mismo o cuando éste concluya.

¿Quiénes pueden detener y cuándo?

Cualquier persona puede detener:

A quien intente cometer un delito, en el momento de disponerse a cometerlo.

Al delincuente en el momento de estar cometiendo el delito (delincuente in fraganti).

Al que ya ha sido procesado o condenado, que se encuentre en situación de rebeldía (no ha acudido a los llamamientos judiciales).

Por otro lado, la Autoridad o agente de Policía Judicial, tiene la obligación de detener:

A aquella persona que se encuentre en cualquiera de los casos mencionados con anterioridad.

¿Por qué me condenaron? Por quemar un autobus.

Sobre Ekaitz Ibero pesaba una condena de cuatro años de carcel por la quema de un autobus articulado de la compañía municipal de San Sebastián durante la huelga de hambre del etarra Iñaki De Juana.

El ataque fue cometido (...) por unas 30 personas que ocultaban sus caras con capuchas, según testigos presenciales. Salieron en grupo desde la Parte Vieja y se encaminaron directos hacia su objetivo en el Boulevard: un autobús articulado con el chófer y una decena de pasajeros a bordo. (...) armados con material incendiario, se dirigieron en tono amenazante al conductor, que tuvo que dejar el vehículo en marcha en medio de la calzada y ayudar a algunos ocupantes a desalojarlo.


* Para evitar detención > Evitar condena > Evitar quemar un autobus.

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